La Contradicción Colonial que Persiste en Puerto Rico: ¿Ciudadanos de Nacimiento o de Segunda Clase?
- Pastor Vizcarrondo

- 8 jul
- 4 Min. de lectura
Dr. Luis R Vizcarrondo

¿Cómo podemos ser ciudadanos estadounidenses por nacimiento si no tenemos todos los derechos de un ciudadano?
Esta pregunta no solo es válida; es urgente. Denuncia una contradicción fundamental en el trato legal que los Estados Unidos le da a Puerto Rico y a sus habitantes. El término “ciudadanos por nacimiento de facto” refleja una realidad práctica: los puertorriqueños son reconocidos como ciudadanos desde que nacen, pero la desigualdad en sus derechos por residencia demuestra que siguen siendo tratados como súbditos coloniales. Aquí exploramos esta paradoja legal, histórica y espiritual.
1. Ciudadanía ≠ Derechos Constitucionales Completos
Ciudadanía por Nacimiento: Asegurada, pero Condicionada
Desde la aprobación del Acta Jones en 1917, toda persona nacida en Puerto Rico recibe la ciudadanía estadounidense. Esto ha sido confirmado por decisiones judiciales, como Balzac v. Porto Rico (1922). Además:
Los puertorriqueños reciben pasaportes estadounidenses.
No pueden ser despojados de su ciudadanía en masa sin violar el debido proceso.
Pero esa ciudadanía no garantiza igualdad de derechos. Las “Insular Cases” (1901–1922) crearon la categoría de “territorios no incorporados”, lo que permite:
Aplicación parcial de la Constitución en Puerto Rico.
Trato desigual por parte del Congreso.
Resultado: los puertorriqueños no pueden:
Votar por el presidente (a menos que vivan en un estado).
Tener representación con voto en el Congreso.
Recibir fondos federales igualitarios (ej. Medicaid, SSI).
2. ¿Por qué se nos llama “ciudadanos por nacimiento de facto”?
En la práctica:
Sirven en el ejército.
Pagan ciertos impuestos federales.
Se pueden mover libremente a los estados.
En la teoría:
La ciudadanía fue otorgada por ley, no por la Enmienda 14.ª.
Algunos juristas argumentan que podría ser revocada.
Aunque esto sería improbable política o legalmente, tenemos que admitir que con la política de esta administración podemos ver que están dispuesto a cualquier cosa. Esto lo podemos ver cuando quieren retar la ciudadanía de los naturalizados o de los niños nacidos en un estado de E.E. U.U. de padres indocumentados.
Si Puerto Rico fuera adquirido hoy, los tribunales probablemente aplicarían la Enmienda 14.ª automáticamente. Espero que esto nunca suceda.
3. El verdadero problema: Colonialismo, no ciudadanía
La raíz del problema no es la ciudadanía en sí, sino que Puerto Rico continúa siendo una colonia:
El Congreso tiene poder supremo.
El pueblo no tiene representación con voto.
El Tribunal Supremo permite esta desigualdad mediante precedentes judiciales arcaicos.
La única solución real sería la estadidad, independencia o anulación de los casos insulares. Pero esta decisión nos trae un problema interno, nos divide y nos poner a luchar el uno con el otro.
4. Ciudadanos con derechos... pero solo si vives en un estado
Aquí está una de las injusticias más alarmantes: Los derechos ciudadanos que se nos niegan en Puerto Rico se nos reconocen automáticamente si nos mudamos a un estado.
Por ejemplo:
Es decir: la misma persona, con el mismo pasaporte, puede pasar de ser “ciudadano de segunda clase” a uno “de pleno derecho” simplemente por cambiar de dirección.
Esto no es ciudadanía genuina. Es ciudadanía condicionada por geografía.
¡Y eso contradice todo principio de igualdad democrática!
5. Reflexión bíblica y pastoral: Identidad y dignidad
Como líderes cristianos, esto nos llama a denunciar:
“Mas nuestra ciudadanía está en los cielos...” — Filipenses 3:20
Desde esa verdad eterna, exigimos coherencia en la justicia terrenal. El Reino de Dios no establece derechos según el lugar donde uno vive, sino por el valor intrínseco de cada ser humano creado a imagen de Dios.
Cuando un sistema otorga pasaporte, pero niega participación; cuando da órdenes, pero no escucha voces; cuando exige deberes, pero restringe derechos... estamos frente a una forma moderna de esclavitud política.
Conclusión: Ciudadanía sin derechos plenos no es verdadera ciudadanía
Sí, los puertorriqueños son ciudadanos por nacimiento. Pero el sistema actual mantiene un vacío legal —un "boquete colonial"— que les niega la igualdad democrática. Esto no es un accidente: es el resultado de un diseño legal anticuado.
¿Qué debe ocurrir?
Estadidad – igualdad dentro de la unión.
Independencia – soberanía con dignidad.
Anulación de los Casos Insulares – justicia constitucional.
Tenemos que salir del estatus quo a definirnos como pueblo.
Oración final:
Señor justo y compasivo, danos sabiduría para entender la injusticia, valor para denunciar el abuso legal y amor para levantar a los que han sido marginados.
No permitas que tu Iglesia se acomode al silencio, sino que sea voz profética en medio del coloniaje disfrazado.
Haznos defensores de la verdad, la dignidad y la justicia.
En el nombre de Jesús, Amén.
Referencias de ayuda - Fuentes Legales y Gubernamentales
Balzac v. Porto Rico, 258 U.S. 298 (1922).
https://supreme.justia.com/cases/federal/us/258/298/
Jones–Shafroth Act, Pub. L. 64‑368, 39 Stat. 951 (1917), codificado en 48 U.S.C. §§ 731–751.
https://guides.loc.gov/latinx-civil-rights/jones-shafroth-act?utm_source=chatgpt.com
United States Citizenship and Immigration Services (USCIS). (n.d.). Citizenship for individuals born in U.S. territories.
U.S. Government Accountability Office (GAO). (2014). Puerto Rico: Information on how statehood would potentially affect selected federal programs and revenue sources (GAO-14-31).
https://www.gao.gov/assets/gao-14-31.pdf
Yale Law Journal / Columbia Law School - Artículo The Insular Cases Run Amok, critica el uso actual de estos fallos y pide su anulación
Hispanic Federation (2022). Análisis y llamado a anular los Insular Cases para lograr justicia territorial.




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